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22/05/2019
La fiscalidad en los juegos de azar ha cambiado desde el pasado año 2018. Además, este año, por segundo consecutivo, se duplica el mínimo exento y en el 2020 asistiremos a la última duplicación prevista. De este modo, el mínimo exento a partir del 1 de enero de 2020 se situará en los 40.000 euros.
Tiempo de lectura: 5 minutos
Juegos de azar
Técnico en Asesoría Fiscal de Bankia
En los últimos años los juegos de azar en general han sido manejados por los gobiernos para sanear, en cierta medida, el Tesoro Público.
Hasta el año 2012 los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) , estaban exentos de tributación en el primer año. Esto suponía, en la práctica, que percibías el premio íntegro y solo tributabas a partir del año siguiente por los rendimientos del capital. Es decir, lo que producía el dinero ganado y que debías incorporar a tu declaración de IRPF.
De esta forma, si ganabas 100.000 euros, no pagabas impuestos y los percibías íntegros, pero si estos generaban 10.000 euros de intereses en el año siguiente debías incluir esos ingresos en tu declaración de la renta y pagar los impuestos correspondientes.
Esto cambió a partir de 2013, cuando el Gobierno a través de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, estableció un nuevo impuesto sobre estos premios que pasan a tributar un 20 %, con un mínimo exento de 2.500 euros. En 2018 volvió a haber cambios, la nueva normativa (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) que, si bien no elimina la tasa del 20%, estima un mínimo exento para ese año de 10.000 euros y un escalado en los años siguientes, de manera que en2019 el mínimo pasará a ser de 20.000 euros y en 2020 será de 40.000 euros.
Por mínimo exento se entiende aquella parte del premio que no está sujeta a tributación. Volvemos de nuevo al escenario previo a 2012. Solo se pagarían impuestos (el 20 %) delo que exceda de ese mínimo.
Veámoslo con un ejemplo, si este año ganas un premio de 24.000 euros te corresponde pagar el 20% de 4.000 euros. Esto sería igual a percibir 23.200 euros. Pero si ganas la misma cantidad el año que viene no pagarás nada.
Si el premio es superior a 20.000 euros (en 2019) o a 40.000 euros (en 2020), solo tendrás que tributar por el exceso sobre dichos importes, dado que, hasta esa cantidad, el premio está exento de tributación. Y en caso de tu premio supere los importes anteriores, recuerda que tampoco debes incluirlo en tu declaración de IRPF, porque al cobrarlo ya te habrán retenido la cantidad correspondiente al gravamen especial sobre dichos premios.
Eso sí, los rendimientos obtenidos al invertir el premio deberán ser declarados en el IRPF.
La Agencia Tributaria no va a esperar a que te gastes el dinero del premio y luego tener que reclamarlo. Lo que hará es aplicar la retención directamente, en el momento del cobro del premio.
En el caso de que hayas compartido un boleto, el procedimiento correcto para ingresarlo en el banco será comunicar todos los datos de las personas agraciadas a la entidad bancaria que vaya a gestionar el cobro, con el fin de que se aplique la retención correspondiente a cada uno de los premiados y se informe correctamente a la Agencia Tributaria. De no hacerlo así, y realizar el cobro solo a nombre de uno de los agraciados, se le aplicará la retención solo a esa persona. Y si después lo reparte, la Administración puede considerar que ha habido una donación y el resto de los beneficiarios podrían verse obligados a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma correspondiente.
En el resto de juegos de azar, el juego online y los casinos, mientras el Ministerio de Hacienda procedía a un incremento de los impuestos en el año 2017, un nuevo giro en 2018 los volvía a reducir, con el objetivo de fomentar el negocio de los casinos online. De esta forma, fomentando el juego, aunque las tasas impositivas sean menores, se consiguen mayores ingresos para el Tesoro Público.
Los premios obtenidos por el juego computan como una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión a integrar en la base imponible general. Es decir, solo declaras el resultante de restar lo invertido en apuestas a lo obtenido.
No olvides en este caso incluir estos ingresos en tu declaración de la renta.
Hola Mercedes, el premio en el bingo lo tendrás que declarar en tu declaración de la renta como una ganancia patrimonial en la base general (no en la base del ahorro).
Hola Esther, en base a la información que me facilitas sí que estarías obligada a presentar declaración de la renta.
Ahora bien, este importe ganado se suma a la base general del IRPF donde también está por ejemplo tu salario.
El importe que pagar no te lo puedo decir ya que el resultado de la declaración de la renta depende entre otras cuestiones de tus circunstancias personales y familiares, por lo que de manera simplificada te puedo indicar los tipos generales de IRPF a aplicar a tu base liquidable general, es decir que para 12.450 euros de base liquidable se aplicará el 19%. De 12.450 a 20.200 hablamos del 24%. Desde los 20.200 euros a los 35.200, el 30%. De 35.200 a 60.000 se aplicará el 37%. Más de 60.000 euros se aplica el 45%.
Hola Juan Carlos, las ganancias de los juegos online lo debes de declarar en tu declaración de la renta como una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión.
Hola Marcos, este premio no está exento, por lo que deberás de ponerlo en tu declaración de la renta.
Hola María, en la declaración de la renta hay que reflejar por un lado la ganancia y por otro lado la pérdida.
El modelo 100 de la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2019 todavía no está aprobado, por lo que las casillas donde ponerlo todavía no son seguras, no obstante el Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos , parece indicar que la ganancia se pondría en la casilla 282 y la pérdida en la 287. El resultado final por el que se tributaría sería la diferencia entre ambos importes, casilla 290.
Hola Fernando el mínimo exento se aplica al total del boleto, por tanto como el mínimo exento actualmente es de 20.000 euros por boleto premiado cada perceptor del premio en tu ejemplo cobraría 16.000 euros.
Hola Juan entiendo que lo preguntas porque para el 1 de enero de 2020 la cuantía exenta es de 40.000 euros en lugar de los 20.000 euros de este año 2019.
Lamentablemente te debo de indicar que con independencia de cuando cobres el premio en 2019 o 2020, si te toca el gordo de Navidad te aplicarán una retención del 20% sobre el exceso de 20.000 euros, ya que el mínimo exento se aplica en función de cuando se haya celebrado el sorteo.
Buenos días, Vicente.
Gracias por tu consulta.
Indicarte que no es posible realizar esa gestión a la hora de presentar la declaración.