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25/03/2019
Ya está aquí, la campaña de la Renta 2018 arranca el próximo 2 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio y desde el Blog de Bankia vamos a acompañarte durante estos meses con una serie de post en los que te contaremos las principales novedades de esta campaña y resolveremos las posibles dudas que se te puedan plantear.
Tiempo de lectura: 5 minutos
Campaña Renta 2018
Técnico en Asesoría Fiscal de Bankia
Para empezar, te recordamos que el 15 de marzo comenzó el plazo para la obtención de los datos fiscales, pero no será hasta 2 de abril cuando podamos empezar a confirmar el borrador o a presentar la declaración de la Renta 2018.
Además de los días que marcan el inicio y fin de la campaña, 2 de abril y 1 de julio respectivamente, a lo largo de estos tres meses existen varias fechas importantes que conviene tener en cuenta:
*Cuenta en la que estuvieras de titular en 2018, si se indica una cuenta abierta en 2019, te dará error.
Si eres residente en España y en función de las rentas que hayas obtenido del trabajo, rendimientos de capital mobiliario y/o inmobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales, etc., tendrás o no obligación de presentar tu declaración.
Hay que tener en cuenta que, aunque no se esté obligado, puede convenir presentar la declaración si su resultado es a devolver. Ahora bien, como norma general, no están obligados a presentar declaración quienes no hayan obtenido en 2018 rentas superiores a las siguientes cuantías:
REGLA |
RENTA OBTENIDA |
LÍMITES (€) |
OTRAS CONDICIONES |
1ª. Rentas que procedan "exclusivamente de las siguientes fuentes" |
|
22.000 |
|
12.643 (12.000€ para fallecidos antes del 5/07/2018) |
|
||
|
1.600 |
|
|
2ª. Contribuyentes que obtengan exclusivamente |
|
1.000 |
|
|
1.000 |
|
|
|
< 500 |
|
Estos límites son aplicables tanto en tributación individual como conjunta.
En todo caso, estarás obligado a presentar declaración si percibes cualquier otro tipo de rentas distintas de las anteriores mencionadas, o superas los límites máximos indicados.
Para el cálculo de los límites no se tienen en cuenta las rentas exentas, como, por ejemplo, las becas públicas para cursar estudios en todos los niveles y grados del sistema educativo, los premios de loterías y apuestas organizadas por ONLAE, la ONCE, la Cruz Roja, o las pensiones recibidas por incapacidad absoluta o gran invalidez, entre otras rentas exentas.
También se deberá de presentar la declaración de la Renta 2018, con independencia de la cuantía y naturaleza o fuente de las rentas obtenidas, aquellos contribuyentes que tuvieran derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda, la deducción por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten el correspondiente derecho. Para más información sobre los límites puedes consultar el siguiente folleto de la AEAT.
Si quieres más información sobre la campaña de la Renta 2018 puedes consultar los siguientes post: